Daño moral, presente en la mayoría de los accidentes y coberturas de seguros, pero rara vez se reclama su indemnización
Todos sabemos que, si ocasionamos un daño o perjuicio a una persona, la ley nos obliga a pagarle, a esto se conoce legalmente como Responsabilidad Civil (RC) y precisamente los seguros que cubren RC y daños a terceros están diseñados para respaldarnos ante este tipo de situaciones adversas, explica Alejandro García López, director de Abogados de Seguros, Defensa Segura. “Lo relevante en estos casos es reclamar que el seguro pague lo justo y también considere el daño moral, ya que generalmente se limitan a pagar los montos mínimos solo de los daños físicos o materiales”.
| “Rara vez el afectado en un accidente reclama el daño moral y se conforma con que la aseguradora pague los daños materiales y físicos: por ejemplo, en un choque, la reparación del auto y gastos médicos. Sin embargo, aunque el afectado tiene todo el derecho de reclamar que se le indemnice por las afectaciones que sufrió en el accidente, como son las pérdidas al no presentarse a trabajar o por posibles secuelas que le afecten en su profesión, casi nunca se reclaman y esto se debe a falta de información y asesoría experta”, señala el CEO de Defensa Segura, despacho especializado con más de 15 años de trayectoria. |
Para
entender más sobre los seguros de Responsabilidad Civil a Terceros
(RCT), los expertos de Defensa Segura nos explican que se trata de una
herramienta financiera que sirve para protegernos y respaldarnos ante
situaciones imprevistas, así como posibles gastos provocados por una
afectación a un tercero. “Fundamentalmente cubren los daños y perjuicios
que el asegurado cause a un tercero en su salud y otros daños
personales como a sus bienes” especifican.
Por
lo anterior, debemos tener claro que un juez puede ordenar una
indemnización por Responsabilidad Civil por daños o muerte de un
tercero, que puede oscilar desde los 310 mil pesos hasta casi los 5
millones de pesos, de acuerdo con el criterio del juez que revise el
asunto y esto aplica a responsabilidad civil de automóviles, casa
habitación, transporte, productos, empresas, aviones, barcos,
hospitales, hoteles, guarderías, restaurantes y centros nocturnos y del
viajero entre otros.
Así
que, al contratar una cobertura de RCT debemos buscar que nos proteja
por 5 millones ya que, si nos viéramos en la situación de estar
obligados a pagar una indemnización, y la cobertura del seguro no
alcanzara dicha cifra, nosotros tendríamos que aportar la diferencia. No
obstante, de igual forma en que estamos obligados a responder por esas
sumas en caso de accidente, si por desgracia fuéramos los afectados,
tenemos el derecho a reclamar esas mismas cantidades.
“Lo
cierto es que, en el desafortunado caso de ser víctima en un accidente,
tenemos todo el derecho de reclamar lo que por ley nos corresponde y
para ello, debemos tener claro que las pólizas de RC que cubren daños a
terceros incluyen los daños morales y los daños punitivos. También
debemos considerar que las aseguradoras siempre intentarán pagar los
montos mínimos, aun cuando están en posibilidad de pagar hasta el límite
de la póliza -que en promedio son de 3 a 5 millones de pesos-
por lo que es muy recomendable consultar a abogados especializados en
seguros para obtener lo justo y que por ley nos corresponde” concluye el
especialista.
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